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Lectura críticaEl mensaje INPS 2325/2026 considera atrasos salariales las cuotas del TFR devengadas durante los primeros 60 días de contratación e indica el código, el plazo y las consecuencias para quienes las declaren con retrasoEl mensaje INPS 2325/2026 considera atrasos salariales las cuotas del TFR devengadas durante los primeros 60 días de contratación e indica el código, el plazo y las consecuencias para quienes las declaren con retrasoEl INPS ha resuelto la primera cuestión contributiva planteada por el inicio de la adhesión automática al fondo de pensiones para los nuevos contratados del sector privado. 2325, de 10 de julio de 2026, la Dirección Central de Ingresos explica a los empleadores cómo gestionar las cuotas del tratamiento de fin de relación laboral devengadas durante los sesenta días en los que el trabajador en su primer empleo todavía puede elegir adónde destinar su TFR. En síntesis: las cuotas del TFR devengadas entre la fecha de contratación y la elección del trabajador adquieren la naturaleza de atrasos salariales a efectos contributivos (mensaje INPS n.º 2325, de 10 de julio de 2026); la regularización se realiza con el código causal CF05 en el flujo Uniemens, establecido por la circular INPS n.ºLos indicios más relevantes surgidos hasta ahora apuntan a presión competitiva y demanda. Para las empresas, la cuestión no es solo el crecimiento de los volúmenes: importan la calidad de los ingresos, la solidez de la cartera de clientes y la sostenibilidad del margen neto durante el próximo trimestre.
A corto plazo, la palanca decisiva sigue siendo la ejecución comercial: los plazos de entrada, los canales y la selección de mercados podrían marcar la diferencia entre la expansión y la compresión de los márgenes.2325, de 10 de julio de 2026); la regularización se realiza con el código causal CF05 en el flujo Uniemens, establecido por la circular INPS n.º 12, de 5 de febrero de 2026; el plazo para pagar sin sanciones civiles, intereses ni importes adicionales vence el mes siguiente a la formalización de la elección del trabajador; superado ese plazo, se aplican el código CF02 y el código CF11 para el recargo; la normativa afecta a los trabajadores en su primer empleo contratados después del 30 de junio de 2026, con exclusión de los trabajadores domésticos (art. 252/2005, modificado por el art. Cuotas del TFR de los 60 días como atrasos salariales Las cantidades provisionadas entre la contratación y la elección del trabajador constituyen atrasos salariales desde el punto de vista de su imputación contributiva. La razón es que, durante ese periodo, el destino del TFR aún no está definido: las cuotas pueden destinarse a la previsión complementaria o, si el trabajador opta por el régimen del artículo 2120 del Código Civil, al Fondo de Tesorería del INPS cuando se cumplan los requisitos relativos al tamaño de la empresa.
En el mensaje se indica que dichas cuotas «adquieren, de hecho, la naturaleza de atrasos salariales desde el punto de vista de su imputación contributiva». Para las empresas, la cuestión no es solo el crecimiento de los volúmenes: importan la calidad de los ingresos, la solidez de la cartera de clientes y la sostenibilidad del margen neto durante el próximo trimestre. Los indicios más relevantes surgidos hasta ahora apuntan a presión competitiva y demanda.
A corto plazo, la palanca decisiva sigue siendo la ejecución comercial: los plazos de entrada, los canales y la selección de mercados podrían marcar la diferencia entre la expansión y la compresión de los márgenes.
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